El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu impone 350.000 euros por realizar tareas de escuela en suelo rústico sin ningún título habilitante
El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu ha decretado la imposición de varias multas por un valor total de casi 350.000 euros para los promotores de una actividad de escuela en suelo rústico sin ningún título habilitante. Además, se constataron otras faltas administrativas y de carencias en materia de seguridad. Además, se impone el cierre definitivo de la actividad.
El procedimiento se inició en agosto del año pasado cuando los técnicos y la Policía Local constataron que en una casa situada en una parcela de la Vénda d’Arabí de Dalt se comprobó que había instalada y en ejercicio una actividad permanente de centro de educación de niños de 3 a 10 años sin ningún permiso o título habilitante. En la parcela se constató la existencia de cuatro aulas, baños, cocina, zona de comedor, zona de recreo y otras instalaciones en el que, aparentemente, se había prestado el servicio a cerca de medio centenar de niños y niñas. Además de esta cuestión, la inspección permitió detectar que se carecía de extintores, se habían habilitado instalaciones de forma inadecuada y poco segura y no se contaba con otra documentación necesaria. Igualmente, posteriormente se comprobó que la póliza de seguro contratada era insuficiente.
Por todo ello se certificaron dos infracciones muy graves, una grave y una leve de la ley 7/2013 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Instalación, Acceso y Ejercicio de Actividades de Balears. En concreto, las dos infracciones muy graves se corresponden con los apartados 104.b (la puesta en funcionamiento de una instalación o ejercicio de una actividad permanente mayor que, incumpliendo alguna de las prescripciones que establece esta ley, suponga un riesgo grave para la seguridad, la salubridad o el medio ambiente) y 104.c (la instalación, el inicio o el ejercicio de una actividad permanente mayor, o su modificación cuando no se haya obtenido el correspondiente título habilitante o no se haya presentado la comunicación previa, la declaración responsable o la documentación anexa que se haya de presentar preceptivamente ante la administración, o que contenga inexactitudes, falsedades u omisiones de carácter esencial o no se disponga de las autorizaciones sectoriales que sean preceptivas). Por cada una de ellas se impone una multa de 165.500 euros.
En cuanto a la infracción grave, esta hace referencia a la insuficiencia del seguro de la actividad en más de un 50% de las condiciones legales marcadas, lo que supone una sanción de 16.500 euros. Los 1.650 euros restantes se corresponden a una infracción leve por no disponer en el lugar de la documentación requerida.