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Preguntas frecuentes

¿Qué necesito para empadronarme si tengo un contrato de arrendamiento a mí nombre?
Para empadronarse con un contrato de arrendamiento a su nombre, deberá aportar la siguiente documentación:

  • Instancia de alta en padrón debidamente rellenada.
  • Fotocopia y original del documento de identidad (DNI, NIE o Pasaporte según el caso).
  • Fotocopia y original del contrato de arrendamiento.
  • Fotocopia y original de los 2 últimos recibos de pago.
  • Fotocopia del recibo de I.B.I. en caso de que no figure la referencia catastral en el contrato.

¿Qué necesito para empadronarme si no tengo un contrato de arrendamiento a mí nombre o no existe?
Si usted no es el titular o no existe un contrato de arrendamiento, deberá aportar la siguiente documentación:

  • Instancia de alta en padrón debidamente rellenada.
  • Fotocopia y original del documento de identidad (DNI, NIE o Pasaporte según el caso).
  • Fotocopia y original del contrato de arrendamiento.
  • Fotocopia y original de los 2 últimos recibos de pago.
  • Autorización por escrito del propietario de la vivienda.
  • Fotocopia del recibió de I.B.I. y documento de identidad del propietario de la vivienda.

¿Qué necesito para empadronarme si soy el propietario de la vivienda?
Si usted es propietario de la vivienda, deberá aportar la siguiente documentación:

  • Instancia de alta en padrón debidamente rellenada.
  • Fotocopia y original del documento de identidad (DNI, NIE o Pasaporte según el caso).
  • Fotocopia y original del recibo de I.B.I. o escritura de propiedad.

¿Puedo empadronarme en una vivienda colectiva (Hotel)?
Es posible realizar un empadronamiento en una vivienda colectiva, siempre y cuando se cumplan los requisitos. Para ello deberá aportar la siguiente documentación:

  • Instancia de alta en padrón debidamente rellenada.
  • Autorización por escrito del director o administrador de la vivienda colectiva.
  • Fotocopia del documento de identidad director/administrador.
  • Fotocopia y original del documento de identidad (DNI, NIE o Pasaporte según el caso).

¿Cómo proceder con el empadronamiento de un menor cuando la guardia y custodia o patria potestad es compartida?
Para empadronar a un menor cuando la guarda y custodia o patria potestad es compartida, se deberá presentar una copia de la sentencia judicial junto con una autorización del otro progenitor, adjuntando una copia del documento de identidad en vigor.

¿Puedo solicitar un certificado de empadronamiento del tiempo que he residido en Santa Eulària des Riu?
Sí, puede solicitar un certificado histórico mediante la sede electrónica del padrón o en las oficinas habilitadas del Ayuntamiento.

¿Puedo solicitar un certificado de empadronamiento del tiempo que he residido en otro municipio?
No, deberá ponerse en contacto con el otro municipio.

¿Cuánto tiempo de validez tienen los certificados de empadronamiento, colectivo o históricos?
La validez de los certificados es de 3 meses a partir de la fecha de expedición.

¿Cuánto tiempo de validez tiene el certificado de residencia (viajes)?
La validez de los certificados es de 6 meses a partir de la fecha de expedición.

¿Me pueden enviar un certificado por e-mail?
No, deberá utilizar la sede electrónica para descargar el certificado (Empadronamiento o histórico) utilizando un certificado válido admitido por Cl@ve.

Soy extranjero y regreso a mi país, ¿Tengo que darme de baja en el Padrón municipal?
Sí, deberá rellenar la solicitud correspondiente de baja por traslado de residencia a otro país, fotocopia del documento de identidad en vigor y documentos de viaje que acrediten la salida del país.

Soy español y voy durante un tiempo a vivir en el extranjero, ¿Tengo que darme de baja en el Padrón?
No. Los españoles que se trasladen al extranjero no deben solicitar la baja en su municipio, sino darse de alta en la Oficina Consular del país de destino. Esta información se remitirá al INE, que gestionará la baja en el municipio de origen automáticamente. Al regresar a España, deberán solicitar el alta en el padrón del municipio donde residirán.

¿Cómo puedo dar de baja a una persona que estaba empadronada en mi domicilio y se ha ido?
Se pueden dar dos casos:

  1. Si el propietario de la vivienda conoce los datos de las personas a dar la baja, deberá rellenar la solicitud de baja de oficio, fotocopia del I.BI. o escritura de la vivienda y fotocopia del documento de identidad en vigor.
  2. Si el propietario no conoce los datos de las personas a solicitar la baja deberá rellenar una instancia general indicando que: solicita dar de baja todas las personas excepto las personas que realmente residen.

¿Tengo que renovar o confirmar mi empadronamiento?
Solo deberán confirmar o renovar el empadronamiento los extranjeros.

  • Los extranjeros que deberán confirmar su empadronamiento cada 5 años son:
    • Ciudadanos comunitarios con el Certificado de Ciudadano de la Unión.
    • Ciudadanos no comunitarios con tarjeta de residencia:
      • Permanente.
      • Larga duración.
      • Régimen comunitario.
      • Apátridas.
  • Los extranjeros que deberán confirmar su empadronamiento cada 2 años son:
    • Ciudadanos comunitarios sin el Certificado de Ciudadano de la Unión.
  • Los extranjeros que deberán renovar su empadronamiento cada 2 años son:
    • Ciudadanos no comunitarios que figuren empadronados con:
      • Pasaporte.
      • Tarjeta de residencia temporal.

¿Puedo empadronarme a través de la sede electrónica del Ayuntamiento?
No, solo es posible realizar el empadronamiento de forma presencial y con cita previa.

Soy extranjero, ¿Puedo empadronarme sin documento de identidad o con pasaporte o NIE caducado?
No, los documentos de identidad deben estar en vigor.

Soy español, ¿Puedo empadronarme con el DNI caducado?
No, el documento de identidad deberá estar vigor.

¿Puedo empadronarme en un negocio o local comercial?
No, el domicilio deberá tener la condición de uso residencial.

¿Puedo empadronarme en un lugar distinto al que resido?
Es obligatorio empadronarse en el municipio donde se reside habitualmente, y no es posible hacerlo en un domicilio donde no se vive.

¿Puedo empadronarme con el justificante del pago mensual del alquiler o la factura de luz o agua?
No, deberá aportar un contrato de alquiler o autorización del propietario.

No tengo domicilio y necesito empadronarme, ¿Qué puedo hacer?
Debe dirigirse a los Servicios Sociales del Municipio.

He perdido o me han robado el documento de identidad, ¿Cómo puedo empadronarme?
Debe presentar copia del documento o pasaporte, junto con la denuncia ante os Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (Policía Nacional, Guardia Civil).

Aparecen personas empadronadas que no conozco en mi domicilio, ¿Qué puedo hacer?
Si es el propietario de la vivienda, puede solicitar la baja de esas personas, o en caso de no serlo, deberá ponerse en contacto con el propietario para que realice la solicitud.

¿Puede recoger otra persona un certificado en mi nombre?
Sí, siempre que lleve una autorización expresa, la fotocopia del documento de identidad del interesado y el original junto con la fotocopia del documento de identidad del autorizado.

¿Qué sucede si recibo una notificación en mi domicilio para personarme y no acudo?
Tiene 15 días desde la recepción para acudir a nuestras oficinas o notificar causa mayor; de no hacerlo, su solicitud se archivará y deberá reiniciar el trámite nuevamente.

Tengo varias residencias, ¿Dónde tengo que empadronarme?
Quienes tengan varias residencias deben empadronarse en el municipio donde vivan la mayor parte del tiempo, ya que el padrón refleja el domicilio habitual.

¿Es necesario acudir personalmente para realizar el empadronamiento?
Sí, deberán personarse todas las personas que solicitan empadronarse.