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El Ayuntamiento eleva hasta los 1.600 euros el máximo de las ayudas al alquiler y amplía los niveles de renta para que sea más fácil solicitarlas

02/07/2024
El Ayuntamiento eleva hasta los 1.600 euros el máximo de las ayudas al alquiler y amplía los niveles de renta para que sea más fácil solicitarlas

En el caso de menores de 35 años o mayores de 65 la cantidad que se podrá recibir será 200 euros mayor, hasta los 1.800, al ser colectivos con más dificultades para asumir este gasto

El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu abre este miércoles, 3 de julio, el plazo para solicitar las ayudas para el alquiler a residentes en el municipio. Estas aportaciones, que se podrán pedir hasta el día 30 de este mes, tratan de ser un apoyo para que las familias vean reducida la presión que sufren a la hora de asumir un gasto tan importante como el de la renta de una vivienda. Este año se incrementa el importe máximo de la ayuda, que pasa de 1.400 a 1.600 euros, de forma que dé mejor respuesta a esta necesidad. Igualmente, en el caso de colectivos con más problemas para abordar estos pagos como son los jóvenes y los jubilados, el importe máximo llega hasta los 1.800 euros. Por último, para adaptar las ayudas a las nuevas realidades también se modifican las rentas máximas para poder solicitarlas. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones que puedan ofrecer otras administraciones para la misma finalidad. La información se puede encontrar en el apartado 'ayudas' de la web  www.santaeulariadesriu.com.

El Consistorio reitera su voluntad de ayudar a los residentes de Santa Eulària des Riu a la hora de tener que hacer frente al gasto que supone el alquiler, una necesidad para la que cada vez se tienen que destinar más recursos. Encuadradas dentro del plan ‘Santa Eulària crea futur!’ para favorecer el acceso a la vivienda, las ayudas tratan de ser un alivio para la situación de las familias, para lo que se destinarán un total de 250.000 euros.

Este año se han aprobado diferentes novedades, especialmente en cuanto a la cuantía de las ayudas y los límites de renta para poder solicitarlas. Estos cambios pretenden adaptar estas líneas de apoyo a las familias a los nuevos escenarios de precios de la vivienda. Así, el límite de las ayudas aumenta en 200 euros hasta llegar a un límite de 1.600 euros (en la convocatoria de 2022 eran 1.200; en la de 2023, 1.400) de forma genérica para la mayoría de solicitantes. Igualmente, en el caso de menores de 35 años y mayores de 65 (al entenderse que son colectivos que pueden presentar ingresos más bajos por su reciente incorporación al mercado laboral o por el importe de las pensiones) el tope a recibir es de 1.800 euros.

Otra adaptación es la del límite de ingresos para poder recibir las ayudas. Si el año pasado para una persona sola el máximo era el equivalente a 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) a 14 pagas (28.371,98€), este año la cifra es de 4 veces el Iprem (33.600€), más de 5.000 euros de incremento. Además por cada miembro adicional de la ‘unidad’ se deberán sumar 4.200 euros (equivalente a un 0,5 del Iprem), por lo que en el caso de una familia de cuatro personas este límite sería de 46.200 euros de renta al año.

Requisitos

Como requisitos, además de ser mayor de edad, se deberá tener la nacionalidad o residencia legal en España, estar empadronado en el municipio al menos desde tres años antes de la publicación de la convocatoria (o cuatro dentro de los últimos cinco años), tener un contrato en vigor para el alquiler, que la mensualidad no exceda de los 1.600 euros, y que la vivienda esté ubicada en el municipio.

Los solicitantes deberán estar al corriente de los pagos de las rentas del alquiler, si bien se contemplan algunas excepciones. Igualmente, tampoco se debe ser propietario de una vivienda en algún otro punto del país, si bien también pueden existir casos excepcionales. Los solicitantes deberán estar en situación activa de ocupación, con las condiciones que fijan las bases, aunque también hay supuestos en los que no es necesario. También se establece la prohibición de que los aspirantes a las ayudas sean parientes, en primer o segundo grado de la persona propietaria de la vivienda o socio de la empresa que sea propietaria de la misma.

Las solicitudes podrán presentarse a través del registro telemático (es preciso contar con certificado digital) de la web www.santaeulariadesriu.com, o a través del registro general de entrada del Consistorio (ubicado en el edificio Polivalente de la calle Marià Riquer Wallis, 4, de la población de Santa Eulària, para el cual es preciso solicitar cita previa), así como en los registros de entrada de las oficinas municipales de Jesús o de es Puig d’en Valls. También se pueden presentar las peticiones a través de las oficinas de Correos. Para dudas y consultas se puede enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o llamar al teléfono 971 04 02 48.

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