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Licencia de segregación en suelo urbano

Tiene por objeto autorizar la segregación o división de una parcela para dar lugar a dos o más porciones o fincas independientes previa comprobación de que cada una de las parcelas o porciones resultantes reúnen las características exigidas por la legislación aplicable y la ordenación territorial y urbanística; en particular, las relativas a la configuración, superficie y ancho mínimos parcela.

¿Quién lo puede solicitar?

Indiferente: personas físicas, personas jurídicas (mediante representante legal previamente acreditado).

Documentación a aportar

 

  • Instancia de solicitud.
  • Cuando la solicitud se haga a través de representante, deberá aportar acreditación de la representación por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, en los términos establecidos en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Recibo del pago de la tasa.
  • Certificación literal de dominio de la inscripción de la parcela en el Registro de la Propiedad (Debiendo presentarse el documento original, con una antigüedad máxima de 6 meses).
  • Referencia catastral de la parcela objeto de la segregación
  • Proyecto técnico en formato digital, redactado por técnico competente, firmado digitalmente por el técnico redactor, en los términos establecidos en el art. 10 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, reflejando el estado primitivo de la finca y el estado resultante de la segregación, que debe contener, como mínimo:
    • Plano topográfico de la parcela del estado inicial y del resultante, superpuesto con la base cartográfica empleada, en formato editable de CAD (dwg) y georreferenciado en el sistema ETRS89 Huso.
    • Memoria explicativa de la descripción de las características de la segregación pretendida
    • Plano de situación a escala máxima 1:1.000.
    • Fotografía aérea sobre la cual se dibuje la delimitación de la parcela.
    • Planos de la parcela inicial y de las porciones segregadas, acotados, con indicación de su superficie y linderos, e inscribiendo el círculo de diámetro equivalente al ancho mínimo de fachada establecido en las condiciones particulares de la zona.
    • Reportaje fotográfico de todas las edificaciones que haya en la parcela matriz
  • En el caso de existir edificaciones y/o construcciones, se deberá justificar que éstas siguen cumpliendo con los parámetros urbanísticos en la porción segregada y en la matriz. Se deberán aportar las Fichas urbanísticas detalladas relativas a cada una de las porciones segregadas y de la matriz

¿Dónde solicitarlo?

En el Registro Telemático de la sede electrónica del Ayuntamiento www.santaeulalia.net (siempre que se disponga de firma digital, según el artículo 10 de la Ley 39/2015) o el Registro General de las oficinas municipales.

Precio y forma de pago

Tasa 75€

Formas de pago:

  • Autoliquidación generada por el Registro General a la vista de la documentación que se presenta, según tasa fijada en la ordenanza fiscal municipal del año en curso.
  • Mediante tarjeta financiera en el Registro General en el momento de presentación de la documentación.
  • Pago el día de presentación de la documentación o al día siguiente en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que figuran en la autoliquidación, o por Internet en la página web del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

Normativa

 

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y rehabilitación urbana, artículo 26.
  • NN.SS. de planeamiento de Santa Eulària des Riu. Arts. 4.1.05 y 5.1.02
  • Plan Territorial Insular y sus modificaciones.
  • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB) y sus modificaciones.

 

¿Quién tramita la solicitud?

Departamento de Urbanismo y Actividades.

 Forma de iniciación

A petición de la persona interesada.

Requisitos

Presentar Instancia General cumplimentada acompañada de la documentación indicada.

Unidad tramitadora

Departamento de Urbanismo y Actividades.
C. Mariano Riquer Wallis, 4 (3ª planta)
07840 Santa Eulària des Riu (Ibiza)
Tel. 971332800

Órgano resolutorio

Junta de Gobierno Local.

Efectos de silencio

Estimatorio, salvo que lo solicitado no se adecúe a la legislación, la ordenación territorial o el planeamiento urbanístico de aplicación, en cuyo caso el silencio tendrá efectos desestimatorios, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5.2 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de les Illes Balears.

Plazo de tramitación

3 meses desde la presentación de la documentación completa, sin perjuicio de la interrupción del plazo en los términos del art. 22 de la Ley 39/2015, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Recursos

Recurso Potestativo de Reposición

Recurso Contencioso-Administrativo

Rellenar instancia en la sede electrónica