¿Quién lo puede solicitar? |
Indiferente: personas físicas, personas jurídicas (mediante representante legal previamente acreditado). |
Documentación a aportar |
- Solicitud de autorización de actividad no permanente.
- Justificación del interés público con criterios económicos y sociales.
- Autorización de ocupación o petición de ocupación, cuando se ubique en dominio público.
- Petición o acreditación de exenciones, si es el caso.
- Informe o autorización de las diferentes administraciones concurrentes afectadas por el desarrollo de la actividad, si es el caso.
- Las fechas de inicio y finalización, el horario, el emplazamiento y el aforo previsto.
- Documentación descriptiva de la actividad a realizar (documentación escrita y gráfica) y en la que el titular declare que velará por el cumplimiento de la normativa sectorial, especialmente sobre la higiene, sanidad pública, seguridad, evacuación, prevención de incendios y otros riesgos colectivos, seguridad ciudadana, protección de la infancia y la juventud, movilidad, defensa del público en general, molestias por ruidos, humos, olores y similares, así como protección del territorio, y debe indicar también qué autorizaciones sectoriales concurrentes son necesarias.
- El nombre y los datos de identificación de la persona, o personas, que asumirán in situ la responsabilidad sobre el control de la actividad.
- Actuaciones, grupos y artistas que intervienen, si es el caso.
- Licencia municipal de actividad permanente o título habilitante equivalente, en el caso de que se realice en un establecimiento donde se desarrolla una actividad permanente.
- Estudio acústico en caso de que lo establezca la Ordenanza municipal reguladora de ruidos y vibraciones y/o la Ley 1/2007, de 16 de marzo contra la contaminación acústica de las Islas Baleares.
IMPORTANTE: La solicitud y toda la documentación se debe presentar con una antelación mínima de quince días a la fecha prevista de realización. La presentación de la documentación en un plazo inferior a quince días de la fecha de la celebración prevista puede ser motivo de denegación de la autorización. Toda la documentación se debe aportar también en formato digital en pdf. |
¿Dónde solicitarlo? |
En el Registro General de las oficinas municipales o en el Registro Telemático de la sede electrónica del Ayuntamiento (siempre que se disponga de firma digital, según el artículo 10 de la Ley 39/2015). |
Precio y forma de pago
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- Autoliquidación generada por el Registro General a la vista de la documentación que se presenta, según tasa fijada en la Ordenanza fiscal municipal del año en curso.
- Mediante tarjeta financiera en el Registro General en el momento de presentación de la documentación.
- Pago el día de presentación de la documentación o al día siguiente en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que figuran en la autoliquidación, o por Internet en la página web del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
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Normativa |
- Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (BOIB núm. 166, de 30 de noviembre) y la modificación por la Ley 6/2019, de 8 de febrero (BOIB núm. 21, de 16 de febrero).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
- Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
- Otras ordenanzas municipales según la actividad solicitada.
La normativa municipal se puede consultar desde esta web accediendo por "Ayuntamiento> Ordenanzas municipales" o "Departamentos> Territorio, Urbanismo y Actividades". |
¿Quién tramita la solicitud?
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Departamento de Urbanismo y Actividades.
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Forma de iniciación
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A petición de la persona interesada.
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Requisitos |
Modelos de formularios normalizados bien cumplimentados y acompañados de la documentación indicada en los mismos formularios. |
Unidad tramitadora |
Departamento de Urbanismo y Actividades. C. Mariano Riquer Wallis, 4 (3ª planta) 07840 Santa Eulària des Riu (Ibiza) Tel. 971332800 (ext. 415) |
Órgano resolutorio
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Decreto.
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Efectos de silencio
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Estimatorio.
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Más información |
Para más información en el departamento de Urbanismo y Actividades. |